Drones para detectar las infracciones urbanísticas
Muchos ayuntamientos españoles, grandes o medianos, han empezado a contratar los servicios técnicos de drones para detectar las infracciones urbanísticas no declaradas dentro de su término municipal. Algunos, incluso han adquirido estas aeronaves no tripuladas y sacado a concurso la plaza de piloto.
Desde que en 2013 el Ministerio de Hacienda pusiera en marcha un plan para regularizar más de 3 millones de obras no declaradas, el uso de la tecnología con drones no ha parado de crecer en el ámbito de la administración local.
Los datos que pone a disposición la Dirección General del Catastro (dependiente del Ministerio de Hacienda), sirve a los ayuntamientos para comparar cualquier tipo de variación dentro de una propiedad urbana
Se trata de garantizar la concordancia entre la descripción catastral y la realidad inmobiliaria de los municipios.
La mitad de las irregularidades son ampliaciones y rehabilitaciones de viviendas, seguidas de nuevas construcciones, reformas en terrazas, garajes… y, por su puesto las piscinas, que en este caso representaron casi un diez por ciento de las regularizaciones.
Los drones ofrecen unas posibilidades que antes no teníamos, también en suelo rústico o protegido. Servirán también para inspecciones aéreas de las obras declaradas que se estén ejecutando, y será muy útil para comprobar las condiciones de salubridad de solares u otros espacios de difícil acceso, y para controlar vertidos ilegales.
La mayoría de los ayuntamientos advierten primero a la población para que no caigan en la tentación de realizar construcciones o reformas para las que no disponen permiso. Se trata de evitar multas, recordando que las infracciones urbanísticas pueden acarrear no solo sanciones administrativas, sino también penales.
La mayoría de los ayuntamientos advierten primero a la población para que no caigan en la tentación de realizar construcciones o reformas para las que no disponen permiso
Si aun así realizara una obra ilegal, el propietario recibiría una notificación de la Dirección General del Catastro para requerirle la puesta al día del impuesto y, de paso, el pago retroactivo de lo dejado de ingresar. Sólo la apertura del expediente conlleva un pago inicial de 60 euros. Una cantidad insignificante si los comparamos con el efecto en el recibo del IBI. Ya que, una vez descubierta la irregularidad, se puede reclamar el ajuste del recibo hasta cuatro años antes, más el correspondiente interés de demora.
Además, desde ese momento se incrementarán los recibos devengados en los siguientes años, incluyendo la piscina o la ampliación no declarada. Los propietarios de las casas se han encontrado con multas de unos tres mil euros por no declarar esas obras y legalizarlas después ante la Dirección General del Catastro.
Solo entre los años 2008 a 2017 y en gran parte gracias a esta labor de investigación, la recaudación por IBI aumentó un 65%, a pesar de la depreciación generalizada de los valores catastrales como consecuencia de la crisis. Cabe recordar que el valor catastral es la base de cálculo del impuesto sobre bienes inmuebles.
¿Cómo procede Hacienda en caso de incumplimiento?
Hacienda envía un aviso al propietario de la vivienda explicándole la situación y dándole una última oportunidad para pagar el correspondiente impuesto por realización de obra. Y es que hay muchas ocasiones en que el problema ha podido ser más administrativo que fraudulento, pues hay muchos ciudadanos que declaran la nueva construcción a su ayuntamiento, pero no al Catastro por falta de información. La multa también afecta a la imputación de rentas en el IRPF, por lo que la siguiente declaración de la renta deberá reflejar el hallazgo.
Cómo regularizar una obra no declarada
Lo primero a tener en cuenta es que cualquier obra realizada en exterior, como una piscina, debe realizarse siguiendo las indicaciones de un arquitecto, quien a su vez controlará que toda la actuación sea acorde a la regulación urbanística del municipio.
De no ser así, el problema sería doble, porque por un lado sería una propiedad no registrada en el Catastro y, por otro, porque no podría regularizarse en el futuro, al no cumplir la normativa local, salvo que se reformase o se adaptase para cumplirla.
Para legalizar la construcción es necesario presentar un informe técnico realizado por un arquitecto o ingeniero y el certificado de fin de obras. Ambos dosieres deben estar sellados por el colegio profesional competente.
Los trámites son muy similares a los que serían necesarios si la obra no se hubiera realizado. Es decir, deben presentarse los planos, la memoria, el resumen económico y un anexo que permita verificar la situación previa y posterior a la construcción.
El procedimiento está perfectamente detallado en el portal de la Dirección General del Catastro. Se lleva a cabo mediante la declaración de alteración catastral, presentando el modelo 900D en las oficinas territoriales del Catastro o por internet con el certificado digital.
Tras el registro del expediente, el Catastro realizará un informe y algún requerimiento, incluyendo una audiencia con el interesado, de ser necesario. En un plazo de seis meses resolverá y notificará la regularización.
En DSB Aero estamos sensibilizados con todo aquello que supone un daño para el medio ambiente y el entorno natural de nuestros pueblos y bosques. Les ayudamos en los trabajos de detección de vertidos o basureros en mitad de la naturaleza para su posterior limpieza.