Requisitos mínimos para volar un dron desde 31-12-2020

Desde hace ocho meses los requisitos mínimos para volar cualquier tipo de dron (UAS) vienen marcados por el Reglamento de Ejecución de la Unión Europea 2019/947 (la anterior norma era el Real Decreto 1036/2017, de ámbito únicamente nacional). Se trata de un nuevo reglamento que afecta a todos los drones que vuelen en la Unión Europea, independientemente del tamaño, el peso, o del uso que se haga, (*) ya sea con fines recreativos o profesionales.

 

Reglamento de Ejecución de la Unión Europea 2019/947.
Nuevo reglamento que afecta a todos los drones que vuelen en la Unión Europea

 

Estos son los requisitos mínimos que deberemos cumplir antes de volar cualquier tipo dron:

Registro como operador: Todos los usuarios que pretendan volar un dron** deberán registrarse como operadores en la sede electrónica de AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) y obtener el número de operador, según la normativa europea (apartado de registro de operador de UAS). Una vez obtenido el número de operador éste debe incorporarse de manera visible en todos los drones de ese usuario.

Formarse como piloto: Para volar un dron debemos tener un mínimo de formación acreditable en función de la categoría operacional a la que se opte. La formación y el examen de conocimientos en categoría Abierta (subcategorías A1 y A3), es accesible a través de la web de AESA (apartado de formación de pilotos UAS). Se realiza de forma telemática y es gratuita. Tras la superación del examen online AESA expedirá un certificado personal.

Disponibilidad de seguro obligatorio de responsabilidad civil: Debemos tener contratada una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil frente a terceros, por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución de cada vuelo que se realice, tanto con fines recreativos como profesionales. Tenemos toda la información en materia de seguros en el apartado de Normativa europea de UAS/drones

Reglas de vuelo: El vuelo de drones está sujeto a reglas generales de operación condicionadas, entre otros, por el peso del dron, la presencia de otras personas y la cercanía a edificios. Se puede consultar las distintas categorías operacionales en el apartado “operaciones UAS/drones”, donde también figura un cuestionario que nos ayudará a conocer en qué categoría operacional se enmarcarían los vuelos pretendidos e instrucciones para llevarlos a cabo.

 

El vuelo de drones está sujeto a reglas generales de operación que hay que seguir

 

Lugar del vuelo: Además de las reglas generales de operación de drones, existen limitaciones al vuelo de drones en ciertos lugares debido a diferentes razones: cercanía de aeródromos, zonas militares, protección de infraestructuras críticas, protección medioambiental, etc. En el apartado “Vuelo con UAS/drones” podemos conocer los requisitos de vuelo en las distintas zonas de España.

 

Le recordamos que en DSB Aero velamos por la seguridad y supervisión de las actuaciones para garantizar el adecuado cumplimiento de las normas, a través de nuestros trabajos de Consultoría.

 

 DSB Aero velamos por la seguridad y supervisión de las actuaciones

 

*Excepto actividades no EASA (Lucha contra incendios, búsqueda y salvamento, policía, aduanas, etc.)

** Salvo las excepciones que se indican en el apartado «operaciones categoría abierta» o si te han contratado como piloto a distancia o vuelas para otra persona, en cuyo caso quien debe registrarse es la organización operadora del dron.